Por Redacción de Razones de Cuba
Este miércoles se divulgaron modificaciones a la polÃtica de entrega de tierras estatales en usufructo, y se incluye el incremento de 13,4 a 26,84 hectáreas de área máxima para las personas naturales que solicitan por primera vez.
De esta manera se establece un mÃnimo de 26,84 hectáreas para las solicitudes con destino a ganado mayor y cultivos a realizar en polos productivos, informó en conferencia de prensa Eddy Soca, director de Suelos y Control de Tierra del Ministerio de Agricultura.
Agregó el directivo, que aumenta a 67,10 hectáreas el máximo autorizado, siempre que las condiciones lo permitan y para facilitar la aplicación de tecnologÃas y lograr resultados competitivos.
Explicó que la nueva modificación recientemente aprobada en la polÃtica para la entrega de tierras tiene el objetivo de resolver aspectos que aún limitan su aplicación, y facilitar que continúe el avance en la implementación del Lineamiento 162 de la PolÃtica Económica y Social del Partido y la Revolución aprobada en el Séptimo Congreso de esta organización.
Soca dio a conocer que entre 2008 y 2016 se entregaron en usufructo un millón 917 mil hectáreas de tierras ociosas, el 31% de la superficie agrÃcola, y de ellas un millón 733 mil a 222 mil personas naturales. Al cierre del año anterior permanecÃan aún ociosas 894 mil hectáreas.
También hizo referencia a las autorizaciones para que las personas naturales que reciban tierras o que ya la recibieron, puedan vincularse e integrarse a las empresas agropecuarias, azucareras o forestales.
Las modificaciones comprenden mantener la entrega de áreas en usufructo, para asegurar la explotación y evitar un mal uso del suelo y la pérdida de su agroproductividad.
Las modificaciones prevén además la ampliación del plazo de la vigencia del usufructo de tierras para todas las personas naturales de 10 a 20 años, prorrogables sucesivamente por igual término y para las jurÃdicas por tiempo indefinido (actualmente es 25 años), siempre que se cumplan las obligaciones pactadas.
Igualmente establecen, entre otros aspectos, la obligatoriedad de sembrar alimento animal en las tierras entregadas para ganado mayor, hasta cubrir el balance alimentario de la masa que posee, e incorporar como nueva causa de extinción del usufructo, la utilización de financiamientos ilÃcitos.
Soca informó que se establece para todas las personas naturales que la entrega de tierras en usufructo se condiciona a que las puedan trabajar y administrar de forma personal y directa.
Refirió que se comenzará la aplicación gradual de los impuestos previstos en la Ley Tributaria en lo concerniente al uso, posesión y ociosidad de la tierra.